Bizkaia · Renta 2025 · Campaña 2026
Publicado: abril 2026
Última actualización: 29 abril 2026
Declaración de la Renta — Guía completa (Español)
Todo lo que necesitáis saber para presentar el IRPF en Bizkaia: tanto para trabajadoras por cuenta ajena como para autónomas, con secciones específicas sobre declaración individual, pareja de hecho y múltiples pagadores.
⚠️ Aviso importante
Esta guía tiene carácter exclusivamente informativo y divulgativo. Aunque se ha elaborado con cuidado y conforme a la normativa y criterios disponibles para la campaña de renta 2025 en Bizkaia, la legislación fiscal puede cambiar y determinadas situaciones personales pueden requerir un tratamiento distinto.
Antes de presentar vuestra declaración, verificad siempre la información vigente en ebizkaia.eus o consultad con un gestor o asesor fiscal cualificado.
Importante: Bizkaia tiene su propia Hacienda
La mayoría de guías describen el sistema de la Agencia Tributaria estatal (AEAT). Ese sistema no se aplica aquí. Como residentes en Bizkaia, presentáis la declaración ante la Hacienda Foral de Bizkaia (Diputación Foral de Bizkaia) — una institución con normativa y gestión propias, con su propio portal, sus propios tipos, sus propias deducciones y su propio borrador. La gestión principal de vuestro IRPF corresponde a la Hacienda Foral de Bizkaia, no a la AEAT.
Parte 1 — ¿Qué es la declaración de la renta?
La Declaración de la Renta es la autoliquidación anual del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Cubre todos los ingresos obtenidos durante el año natural anterior — en este caso, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025 — y se presenta en primavera de 2026.
Funciona como una liquidación anual: la Hacienda Foral ya tiene parte de vuestra información (nóminas, intereses bancarios, etc.). La declaración sirve para revisar esos datos, añadir lo que no conocen, aplicar deducciones a las que tenéis derecho y calcular el resultado: si Hacienda os debe dinero (a devolver) o si debéis pagar algo más (a pagar).
Para trabajadoras asalariadas, el impuesto se va reteniendo del sueldo a lo largo del año. La declaración compara esas retenciones con la cuota real que corresponde — y si retuvieron de más, os devuelven la diferencia. En estimación directa, normalmente se realizan pagos fraccionados trimestrales mediante el Modelo 130 que se reconcilian en la declaración anual.
El sistema foral (Concierto Económico)
El País Vasco tiene autonomía fiscal protegida constitucionalmente mediante el Concierto Económico. Cada uno de los tres territorios históricos — Bizkaia, Gipuzkoa y Álava/Araba — gestiona y recauda su propio IRPF con normativa propia. Viviendo en Bilbao (Bizkaia), vuestra autoridad fiscal es:
Hacienda Foral de Bizkaia — bizkaia.eus
Portal electrónico: ebizkaia.eus (para presentar la declaración, consultar el borrador y gestionar la Clave Bak)
La AEAT (agenciatributaria.gob.es) no tiene competencia sobre vuestro IRPF.
Parte 2 — Fechas clave (renta 2025, campaña 2026)
Nota: estas fechas corresponden a la campaña estatal. La Hacienda Foral de Bizkaia suele seguir un calendario muy similar. Confirmad las fechas exactas en ebizkaia.eus a partir de abril.
Parte 3 — ¿Quién está obligado a declarar?
Trabajadoras por cuenta ajena (empleadas)
Si has tenido más de un empleo en 2025 — el umbral baja aproximadamente a ~€15.800* si lo que cobraste del segundo (y siguientes) empleadores superó €1.500*. Esto es muy común al cambiar de trabajo durante el año. En ese caso, es muy probable que estés obligada a declarar.
Aunque no estés obligada, suele merecer la pena declarar. Si te retuvieron demasiado durante el año — lo que ocurre con frecuencia cuando hay varios pagadores o cambios de situación — la declaración es la única forma de recuperar ese dinero. La Hacienda no te lo devuelve automáticamente.
*Verificar cada año en ebizkaia.eus.
Autónomas
Si estás dada de alta como autónoma y has ejercido tu actividad en 2025, estás siempre obligada a declarar, sin importar el nivel de ingresos. No existe umbral mínimo de exención para autónomos. Hay que declarar incluso si el resultado es pérdida o ingresos muy bajos.
Parte 4 — Declaración individual o conjunta
¿Qué es la declaración conjunta?
Las parejas de hecho inscritas en el registro correspondiente del País Vasco pueden optar por presentar una única declaración conjunta que suma los ingresos de ambas partes. La normativa foral vasca reconoce a las parejas de hecho inscritas como unidades familiares a efectos del IRPF.
Sin embargo, la declaración conjunta no siempre sale mejor — y en muchos casos puede resultar menos favorable. Esto es especialmente cierto cuando existe una diferencia importante entre los ingresos de los dos miembros de la pareja.
Declaración conjunta
Se suman los ingresos de ambas. La suma de ingresos puede hacer que una parte mayor de la renta tribute en tramos superiores. Dependiendo de la composición de ingresos y deducciones, puede resultar menos ventajosa. Solo conviene cuando los dos tienen ingresos similares y bajos, o cuando uno de los dos no tiene rentas.
Declaración individual
Cada persona declara sus propios ingresos por separado. Cuando existe una diferencia grande de ingresos — uno gana considerablemente más que la otra — la declaración individual frecuentemente resulta más ventajosa para la que gana menos, y en total para ambas.
Conclusión práctica: Con ingresos muy diferentes entre los dos miembros de la pareja, presentar de forma individual es casi siempre la opción más favorable. Cada persona tributa sobre sus propios ingresos, sin que el tipo marginal del que más gana afecte a la que gana menos. Hacer la simulación en el portal de ebizkaia.eus antes de confirmar es siempre recomendable.
Pareja de hecho: ¿qué debo saber?
Estar inscrita como pareja de hecho no te obliga a declarar conjuntamente. La opción conjunta es siempre voluntaria — si no la elegís activamente, cada una presenta su propia declaración individual. El hecho de que la relación ya no sea activa no afecta a la obligación fiscal; lo que importa es la situación a 31 de diciembre de 2025 (si seguíais inscritas como pareja de hecho en esa fecha).
En cualquier caso, la declaración conjunta requiere el acuerdo de ambas partes. Si una de las dos no quiere presentar conjuntamente, cada una presenta por separado — y así queda.
Parte 5 — Qué reunir antes de empezar
Todas (documentación común)
Trabajadoras por cuenta ajena (adicionalmente)
Autónomas (adicionalmente)
Acceso al portal: Clave Bak
Para acceder a ebizkaia.eus necesitáis una Clave Bak — el sistema de identidad digital de Bizkaia, gestionado separadamente del Cl@ve PIN estatal. Podéis solicitarla y activarla online en el propio portal o de forma presencial en una oficina de la Hacienda Foral. Solo necesitáis el NIE/DNI y un teléfono móvil. También funciona el certificado digital emitido por la FNMT u otro organismo acreditado.
Parte 6 — Guía paso a paso: trabajadora por cuenta ajena
Esta sección es para quien ha trabajado como empleada (con contrato y nómina) durante 2025, especialmente con varios empleadores. No incluye ingresos de actividad económica.
Si tuviste más de un empleo y lo cobrado del segundo (y siguientes) empleadores superó €1.500, el umbral de obligación baja a ~€15.876 de ingresos totales. Si estás cerca de esa cifra, o si simplemente no estás segura, lo más sensato es declarar igualmente — especialmente si es probable que te devuelvan dinero por retenciones excesivas.
Entra en ebizkaia.eus y solicita la Clave Bak. Recibirás un código de activación por SMS. Es tu identidad digital para todos los trámites fiscales en Bizkaia. Si ya tienes certificado digital, también puedes usarlo directamente.
Cada empleador que te haya pagado en 2025 está obligado a entregarte un certificado de retenciones e ingresos a cuenta. Este documento muestra cuánto cobraste y cuánto impuesto se retuvo en tu nombre. Si tuviste varios trabajos, necesitas uno por cada empleador. Pídelo directamente a RRHH o nóminas — tienen la obligación legal de proporcionarlo.
En muchos casos también estará disponible en tu área personal de ebizkaia.eus, bajo datos fiscales.
Entra en ebizkaia.eus con tu Clave Bak, navega a la sección de Renta / IRPF y abre el borrador. Es una declaración prefijada con los datos que la Hacienda Foral ya tiene de ti: ingresos comunicados por tus empleadores, intereses bancarios, etc.
No confirmes el borrador sin revisarlo. Es el error más habitual y puede costarte dinero — tanto por deducciones no aplicadas como por ingresos mal registrados.
Si trabajaste para más de un empleador, comprueba que todos los ingresos aparecen sumados correctamente. Este es el punto más crítico cuando hay varios pagadores: cada empleador retiene el IRPF en función de lo que él solo paga, sin saber cuánto cobras del resto. El resultado es que la retención total suele ser insuficiente cuando se suma todo.
Eso significa que en la declaración es más probable que el resultado sea a pagar (pequeña cantidad). No es un error — es la naturaleza del sistema con varios pagadores. La declaración existe precisamente para hacer esa corrección.
Muchas deducciones pueden no aparecer automáticamente en el borrador. Tendrás que añadirlas tú misma:
— Deducción por alquiler de vivienda habitual (si pagas alquiler en Bizkaia)
— Aportaciones a EPSV o plan de pensiones
— Donativos a entidades reconocidas
— Cuotas sindicales o colegios profesionales
— Otras deducciones familiares o personales que apliquen
La declaración calculará uno de tres resultados posibles: a devolver (Hacienda te debe dinero), a pagar (debes pagar la diferencia) o cuota cero. Con varios empleadores y retenciones ajustadas a la baja, el resultado puede ser a pagar — una pequeña cantidad que compensa las retenciones insuficientes del año.
Si el resultado te parece muy distinto de lo esperado, revisa de nuevo que todos los ingresos y retenciones están bien introducidos antes de confirmar.
Una vez conforme, confirma y presenta la declaración electrónicamente desde ebizkaia.eus. Recibirás un número de justificante — guárdalo. Si el resultado es a devolver, facilita tu IBAN y el dinero llegará en pocas semanas. Si es a pagar, puedes domiciliar el cargo (antes del 25 de junio) o hacer una transferencia bancaria antes del 30 de junio.
Parte 7 — Guía paso a paso: autónoma
Esta sección es para quien está dada de alta como autónoma en Bizkaia y ha ejercido actividad económica en 2025. La declaración es obligatoria independientemente del nivel de ingresos.
El esquema anual de la autónoma
Durante 2025, realizaste pagos fraccionados trimestrales mediante el Modelo 130 — anticipos a cuenta del IRPF. La declaración anual reconcilia esos anticipos con tu cuota definitiva real. Si pagaste de más trimestralmente → devolución. Si pagaste de menos → pagas la diferencia.
Adicionalmente, las cuotas de autónomos que pagaste a la Seguridad Social son un gasto deducible que reduce tu base imponible.
Suma todas las facturas emitidas en 2025 (ingresos brutos). Luego reúne todos los gastos deducibles relacionados con tu actividad. La diferencia es tu rendimiento neto — la base sobre la que tributa tu actividad económica.
Son deducibles los gastos necesarios y directamente vinculados a tu actividad. Los más habituales:
— Cuotas de autónomos a la Seguridad Social (totalmente deducibles)
— Alquiler del local o estudio (si es de uso exclusivamente profesional)
— Materiales profesionales
— Seguro de responsabilidad civil profesional
— Teléfono e internet (en la parte proporcional al uso profesional)
— Software de facturación, suscripciones profesionales
— Formación y libros profesionales
— Gastos bancarios de la cuenta profesional
— Desplazamientos relacionados con la actividad
La deducción por oficina en casa solo se admite si el espacio está exclusivamente dedicado a la actividad, lo cual requiere una justificación rigurosa y puede ser objeto de revisión por Hacienda. El alquiler de un local o estudio separado es mucho más limpio.
Busca los resguardos de los cuatro pagos trimestrales del Modelo 130 realizados en 2025 (1.º trimestre: abril, 2.º: julio, 3.º: octubre, 4.º: enero 2026). Estos importes se descuentan de tu cuota final de IRPF. Deberían estar disponibles también en tu cuenta de ebizkaia.eus.
Si algún cliente aplicó retención en tus facturas (generalmente un 7% para autónomos recién dados de alta, o un 15% estándar), esos importes los ingresaron en Hacienda en tu nombre. Funcionan como impuesto prepagado. Suma el total de retenciones recibidas — aparecerán como crédito en tu declaración.
Nota: si prestas servicios de enseñanza exentos de IVA (Art. 20.Uno.9º), la aplicación de retenciones depende del tipo de cliente y factura.
Desde el 8 de abril, entra en ebizkaia.eus con tu Clave Bak y ve a la sección de IRPF. En el borrador, navega a rendimientos de actividades económicas. El portal habrá precargado algunos datos (por ejemplo, lo que tus clientes declararon haberte pagado, retenciones comunicadas). Contrasta todo con tus propios registros.
En la sección de actividades económicas en estimación directa simplificada, introduce tus ingresos totales y tus gastos deducibles de 2025. El sistema calculará el rendimiento neto. También deberás indicar tu epígrafe del IAE (actividad). A continuación, verifica que los pagos del Modelo 130 y las retenciones de clientes aparecen correctamente acreditados.
Aunque seas autónoma, puedes beneficiarte de las deducciones personales del IRPF: alquiler de vivienda habitual, aportaciones a EPSV, donativos, etc. Véase la Parte 8. Añádelas antes de confirmar la declaración.
El sistema calculará tu cuota íntegra, restará los anticipos (Modelo 130 + retenciones de clientes) y mostrará el resultado final. Si debes pagar, puedes domiciliar el cargo (antes del 25 de junio) o hacer transferencia bancaria antes del 30 de junio. Presenta antes del 30 de junio de 2026.
Parte 8 — Principales deducciones en Bizkaia
Las deducciones de Bizkaia son distintas — y en muchos casos más generosas — que las del régimen estatal común. El borrador no las incluye automáticamente: hay que añadirlas manualmente. Esto es lo más habitual que se pasa por alto.
El error más habitual
Confirmar el borrador sin revisarlo y sin añadir deducciones manualmente. El alquiler de vivienda habitual, las aportaciones a EPSV y los donativos no aparecen en el borrador porque Hacienda no tiene esa información. Si no los añades tú, no se aplican. Esta es la razón más común por la que las personas pagan más impuestos de los que les corresponde.
Parte 9 — Tramos del IRPF en Bizkaia (referencia)
Bizkaia aplica su propia escala del IRPF, distinta de la nacional. Estos son los tramos aproximados para la base general (rendimientos del trabajo y actividad económica). Los rendimientos del ahorro (intereses, dividendos, plusvalías) tributan en una escala separada, generalmente más baja.
| Base liquidable general | Tipo marginal aproximado |
|---|---|
| Hasta ~€17.000 | 23% |
| ~€17.000 – €33.000 | 28% |
| ~€33.000 – €53.000 | 35% |
| ~€53.000 – €72.000 | 40% |
| ~€72.000 – €180.000 | 45% |
| Más de €180.000 | 49% |
IMPORTANTE: Los tramos y tipos pueden modificarse en cada ejercicio fiscal.
Son tipos marginales — solo tributa a cada tipo el tramo de renta que cae dentro de él. El tipo medio efectivo (lo que realmente pagas sobre el total) será considerablemente inferior. Verifica los tipos exactos de la Norma Foral vigente en ebizkaia.eus.
Por qué esto importa en la declaración conjunta: Si una de las partes tiene ingresos en el tramo del 45–49% y la otra está en el 23–28%, la suma de ingresos puede hacer que una parte mayor tribute en tramos superiores. La declaración individual evita completamente ese efecto.
Parte 10 — Qué pasa después de presentar
Si el resultado es a devolver
La Hacienda Foral transfiere la devolución al IBAN que hayas facilitado. Normalmente tarda entre 4 y 8 semanas desde la presentación, aunque puede llegar antes. Puedes seguir el estado en ebizkaia.eus. El plazo máximo legal es el 31 de diciembre de 2026.
Si el resultado es a pagar
Puedes pagar por domiciliación bancaria (presenta antes del 25 de junio), transferencia bancaria o en persona en una entidad colaboradora. Si el importe es considerable, pregunta en el portal si puedes fraccionarlo en dos pagos — esta opción suele estar disponible. Paga siempre antes del 30 de junio para evitar recargos.
Si cometes un error
Si olvidaste declarar algún ingreso, puedes presentar una declaración complementaria. Si pagaste de más o declaraste mal a tu favor, puedes solicitar una rectificación. Los errores son corregibles, siempre que los subsanes voluntariamente antes de que Hacienda te contacte.
Consecuencias de no presentar o presentar fuera de plazo
Si no presentas a tiempo y el resultado es a pagar, se aplican recargos que pueden aplicarse recargos e intereses de demora, además de posibles sanciones. Si el resultado era a devolver, el retraso simplemente retrasa la devolución. En cualquier caso: presenta a tiempo.
Parte 11 — Glosario
Parte 12 — Enlaces útiles (Bizkaia)
Si la situación es compleja, un gestor lo vale. Para autónomas especialmente, o cuando hay varios empleadores, retenciones irregulares o dudas sobre deducciones, un gestor o asesor fiscal familiarizado con la normativa foral de Bizkaia puede identificar lo que os corresponde y daros seguridad jurídica. El coste habitual para una declaración anual está entre €80 y €200.
Nota final
Esta guía no constituye asesoramiento fiscal, jurídico ni contable profesional. La autora no se responsabiliza de decisiones tomadas exclusivamente sobre la base de este contenido. Cada situación fiscal puede variar según ingresos, deducciones, estado civil, actividad económica y cambios normativos posteriores a la publicación.